Uso obligatorio de la mascarilla en La Rioja

Uso obligatorio de la mascarilla en La Rioja
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En todo el territorio de la Comunidad Autónoma, será obligatorio el uso de mascarilla para todas las personas mayores de seis años, tanto en la vía pública como en espacios al aire libre y espacios cerrados de uso público o abiertos al público, incluyendo cualquier medio de transporte público o privado.

La mascarilla deberá utilizarse independientemente de que se pueda mantener o no la distancia de seguridad, establecida en 1,5 metros, y de manera adecuada, cubriendo desde parte del tabique nasal hasta el mentón.

La medida entre en vigor desde hoy martes, 14 de julio.

Vigilarán el cumplimiento de esta normativa la Policía Local, Policía Nacional, la Guardia Civil y cualquier otro órgano que está habilitado para formular un acta de inspección o denuncia en su ámbito de competencias. La autoridad competente sancionará los incumplimientos por un máximo de cien euros, tal y como está previsto en el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio.

Excepciones

No será obligatorio el uso de las mascarillas en los siguientes casos:

  • Cuando las personas que concurran en un espacio o medio de transporte sean convivientes en un mismo domicilio.
  • Cuando se realice una actividad deportiva y se pueda garantizar la distancia interpersonal.
  • En el momento del baño.
  • Cuando se estén consumiendo alimentos o bebidas.
  • Cuando su uso resulte incompatible con la actividad que se esté realizando.
  • Por situaciones de fuerza mayor.

Tampoco será obligatoria la mascarilla en las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por su uso, aquellas personas con discapacidad o dependencia que no puedan retirarse la mascarilla o presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.