El CERMI propugna ante la UE la reforma urgente del marco de derechos de los pasajeros aéreos con discapacidad

El CERMI propugna ante la UE la reforma urgente del marco de derechos de los pasajeros aéreos con discapacidad
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El CERMI propugna ante la UE la reforma urgente del marco de derechos de los pasajeros aéreos con discapacidad, por claramente insuficiente (Madrid, 12 de agosto de 2020).-
El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha planteado ante la Comisión
Europea la reforma urgente del marco de derechos de los pasajeros aéreos con discapacidad, catorce años después de su aprobación, por ser claramente insuficiente para proteger la libre movilidad de las personas con
discapacidad en el transporte aéreo.
Así lo ha expuesto el CERMI, en su contribución a la consulta pública de la Comisión Europea, abierta hasta el 2 de octubre de 2020, sobre el Reglamento de 5 de julio de 2006 sobre los derechos de las personas con discapacidad o movilidad reducida en el transporte aéreo, de aplicación directa a todos los Estados miembro, entre ellos España.
En opinión del CERMI, el Reglamento nació en 2006 con graves carencias y limitaciones respecto de la protección de los derechos de los pasajeros aéreos con discapacidad, denunciadas ya en ese momento, y que a lo largo
de estos años de vigencia no han hecho sino recrudecerse.
Como déficits más relevantes de la regulación actual, que deben ser derogados, están la posibilidad que se concede a las compañías aéreas de denegar el embarque a pasajeros con discapacidad alegando razones de seguridad y la potestad de exigir que un pasajero con discapacidad viaje necesariamente acompañado, debiendo asumir este el coste del acompañante.
Otro aspecto que ha de ser suprimido de la legislación europea es el requisito del preaviso para poder recibir los servicios de asistencia para el embarque. Las personas con discapacidad han de poder desplazarse como cualquier otro viajero, sin obligación de avisar con antelación para poder acceder al servicio de asistencia.
El CERMI también considera que la reforma del reglamento vigente tiene que establecer nuevos criterios de indemnización, conforme a su valor real, en el caso de pérdida o deterioro de productos de apoyo como sillas de
ruedas, andadores, etc., así como la obligación de proveer de elementos sustitutorios para que la autonomía personal del pasajero con discapacidad no se vea afectada por las negligencias de las compañías.
Además, desde el CERMI se propone que se regulen derechos nuevos como que se garantice la accesibilidad de la información sobre seguridad e incidencias que se proporciona en el interior del avión, así como de las emisiones audiovisuales de sus sistemas de entretenimiento.
Asimismo, la plataforma española de la discapacidad demanda a la Comisión Europea que la futura regulación obligue a las compañías a situar los asientos destinados a pasajeros con movilidad reducida en las ubicaciones más cómodas para su mejor acceso y desenvolvimiento dentro de la aeronave.
Finalmente, el CERMI propone que se establezca un régimen sancionador común, mucho más severo, que disuada a las compañías aéreas de infringir el catálogo de derechos de los pasajeros aéreos con discapacidad.
Hoy, muchas aerolíneas, sobre todo las de bajo coste, incumplen la normativa europea sin que sus infracciones tengan consecuencias.