Arrestópolis

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Concentración por la accesibilidad en viviendas

Hoy  a las 11 horas ha tenido lugar una concentración en el centro de Logroño con las entidades miembro de COCEMFE La Rioja,  organizada por de La Rioja Sin Barreras bajo el  nombre de Arrestopolis. Ha sido convocada para reclamar una reforma en la Ley de Propiedad Horizontal, de manera que se garantice la accesibilidad de la viviendas para las personas con discapacidad y aumento en las subvenciones públicas para acometer las obras de accesibilidad.

¿Qué ocurre?

La falta de accesibilidad en edificios de viviendas impide a muchas personas con movilidad reducida salir de su propia casa.

A día de hoy, las personas con discapacidad siguen encontrándose barreras físicas para entrar y salir de sus propias casas, y que limitan su derecho a la vida independiente.
Esta situación obliga a muchas personas con movilidad reducida o determinadas discapacidades físicas u orgánicas a vivir encerradas en su propia vivienda. A otras a buscar una alternativa habitacional que le obliga a abandonar su vivienda.
La mayoría son barreras que se podrían remover con voluntad política y concienciación ciudadana. Por ejemplo, profesionales de la arquitectura que deben incorporar en todo su trabajo la accesibilidad universal, o las comunidades vecinales que deben afrontar obras de accesibilidad o utilizar determinados productos en la limpieza del edificio cuando conviven con una persona con sensibilidad química múltiple, entre otras medidas.

La Ley actual no garantiza la realización de obras de accesibilidad

A pesar de que la Ley de Propiedad Horizontal ha sido modificada en varias ocasiones para avanzar en la accesibilidad en los edificios, continúa sin solventar la cuestión de fondo. El régimen legal de propiedad horizontal no es equitativo, ni garantiza plenamente el acceso y el manteniendo en condiciones de dignidad y adecuación de las personas con discapacidad y personas mayores a una vivienda.
Actualmente, la Ley de Propiedad Horizontal plantea que tendrán carácter obligatorio, y que no requerirán de acuerdo previo de la Junta de Propietarios, la realización de obras y actuaciones necesarias para garantizar la accesibilidad universal cuando sean requeridas por los propietarios en cuya vivienda o local vivan, trabajen o presten servicios voluntarios, personas con discapacidad, o mayores de setenta años.
El objetivo es asegurar el uso adecuado a sus necesidades de los elementos comunes, así como la instalación de rampas, ascensores u otros dispositivos mecánicos y electrónicos que favorezcan la orientación o su comunicación con el exterior, siempre que el importe repercutido no suponga “una carga desproporcionada”.
Para determinar si una carga es o no proporcionada se tendrán en cuenta los costes de la medida, los efectos discriminatorios que su no adopción podría representar, la estructura y características de la persona o entidad que haya de ponerla en práctica y la posibilidad que tengan aquéllas de obtener financiación oficial o cualquier otra ayuda.
Se entenderá que la carga es desproporcionada, en los edificios constituidos en régimen de propiedad horizontal, cuando el coste de las obras repercutido anualmente, y descontando las ayudas públicas a las que se pueda tener derecho, exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes. Esta limitación provoca que obras como la instalación de ascensores no sean de carácter obligatorio al superar, generalmente, estas 12 mensualidades.

Las ayudas actuales para las comunidades vecinales son insuficientes para garantizar el derecho a la accesibilidad y a una vivienda digna

Solo el 10% de las obras de adaptación realizadas provienen de ayudas de la Administración pública, el resto se sufraga con dinero de la comunidad o de los inquilinos.
En caso de que el importe de la medida de mejora supere las doce mensualidades ordinarias de gastos comunes una vez descontadas las ayudas públicas, la persona interesada en la misma podría aportar la diferencia, pero supone un coste que muchas personas con movilidad reducida no pueden asumir individualmente.

¿Qué queremos?

Accesibilidad en todos los edificios de viviendas

Garantizar la accesibilidad universal en todos los edificios de viviendas, haciendo especial hincapié, siempre que sea posible, en que se lleven a cabo reformas integrales y la instalación de ascensores o rampas, en vez de optar por aquellas actuaciones que facilitan la movilidad pero requieren más mantenimiento o la intervención de terceras personas como pueden ser un elevador o un salvaescaleras.

 Obligatoriedad sin excepciones de realizar obras de accesibilidad

 Modificar la Ley de Propiedad Horizontal para eliminar la actual limitación económica de 12 mensualidades de gastos de la comunidad y que sea obligatorio realizar las reformas de accesibilidad solicitadas por personas con discapacidad o personas mayores de 70 años de la misma forma que las comunidades vecinales afrontan otras reformas ineludibles derivadas de las condiciones estructurales, la estanqueidad, la habitabilidad y la seguridad.

Ayudas a todas las comunidades vecinales

Que se establezcan ayudas concretas a todas las comunidades vecinales que deban afrontar este tipo de actuaciones, ante lo costoso que supone su implantación. De esta manera, se facilitaría que las comunidades vecinales asuman el montante completo de las obras de accesibilidad.
Que estas ayudas estén más presentes en los inmuebles antiguos, puesto que, por cuestiones arquitectónicas, son los que necesitarán un mayor trabajo a la hora de llevar a cabo las reformas de accesibilidad necesarias.

Libertad de denuncia

 Que no sea necesario que sea la propia persona quien denuncie y pueda hacerlo en su nombre cualquier otra persona o entidad, a fin de evitar que la gente opte por no denunciar por miedo a cómo reaccionará el propio vecindario

Concienciación política y ciudadana

Que las diferentes administraciones en el ámbito de sus competencias den una respuesta satisfactoria a esta problemática y agilicen todos los trámites legales y administrativos necesarios para que los edificios sean accesibles
Que la población en general respete los derechos de las personas con discapacidad y colabore en su ejercicio efectivo.
En este sentido, también se reivindica la obligatoriedad, en los edificios donde vivan personas con sensibilidad química múltiple, de realizar limpiezas y reformas acordes a sus necesidades   

¿Por qué?

Un edificio accesible es un edificio para todas las personas

Un edificio accesible no beneficia solo a las personas con discapacidad o con movilidad reducida, beneficia a toda la sociedad en su conjunto e incluso mejora la imagen que proyecta puesto que refleja un compromiso por garantizar los derechos de sus residentes.

Es obligatorio que todos los bienes, productos, entornos y servicios sean accesibles desde el 4 de diciembre de 2017

Es un fracaso para cualquier sociedad avanzada que no se cumpla la legislación vigente y que se vean vulnerados los derechos, dificultando la vida de las personas con discapacidad. En cambio, promover la igualdad de oportunidades a través de la accesibilidad universal, es sinónimo de un desarrollo social equitativo y participativo.

La privación de libertad sin haber cometido delito es una de las peores vulneraciones de derechos

Además de las personas con discapacidad orgánica que encuentren alguna dificultad en el acceso a su vivienda (Por ejemplo: personas en proceso de trasplante, cardiopatías, sensibilidad química múltiple, etc.), en España hay 2,5 millones de personas con movilidad reducida, es decir, personas que necesitan medios de apoyo para poder desplazarse y llevar a cabo una vida autónoma. No proporcionarles estos medios de apoyo necesarios provoca que personas que no han cometido ningún delito se encuentren encerradas en sus propias casas privadas de libertad, una de las peores vulneraciones de derechos.

Para vivir con autonomía y plena participación social es imprescindible la libertad de movimientos

El 70% de las cerca de cuatro millones de personas con discapacidad tienen problemas de movilidad; que al igual que el resto de las personas con discapacidad y toda la sociedad, tienen derecho a la plena ciudadanía y participación en todos los ámbitos de la vida. La existencia o ausencia de accesibilidad muchas veces es lo que marca la diferencia.

Responsabilidad de todos y todas

Es responsabilidad de todos y todas que los edificios de viviendas de nuestro país sean accesibles para todas las personas. A los agentes directamente implicados, como son la propia persona con discapacidad y las comunidades vecinales, se suman las administraciones y representantes políticos de todos los niveles y la sociedad en general.
Entre todas y todos, se debe llegar a la mejor solución de accesibilidad existente en cada caso

Datos sobre accesibilidad en edificios de viviendas

Datos oficiales: El último Censo de viviendas de 2011, el 22,9% de los edificios eran accesibles (Fuente: Observatorio de la accesibilidad Universal en la vivienda. Fundación ONCE 2013). Este dato oficial no lo tendremos actualizado hasta 2021, ya que el censo de viviendas se realiza cada diez años.
El estudio “La accesibilidad en las viviendas de España” de la Fundación Mutua de Propietarios (presentado en marzo de 2018) destaca que solo el sólo el 0,6% de los 10 millones de edificios de viviendas de España cumple con la reglamentación:

  • Un 63% de los edificios no son accesibles de la calle al portal porque tienen escaleras en ese punto. Solo el 37% restante cuenta con rampas y accesos destinados a personas con discapacidad o de movilidad reducida
  • Rampas: El 28% de los edificios tienen rampa, pero en algunos casos no es plenamente funcional
  • Ascensores: el 22% de los edificios no tienen ascensor y los que sí cuentan con él, sólo en un 15% de ellos está incorporado el anuncio sonoro y el anuncio en braille de los botones está en un 63% de los casos. Por lo tanto, sólo el 7% de los ascensores es accesible.
  • Porteros automáticos: El 14% de los edificios no posee portero automático y, de los que lo tienen, el 68% no es accesible para una persona en silla de ruedas.
  • Buzones: El 64% de los edificios no tienen buzones accesibles desde una silla de ruedas
  • Zonas comunes: sólo se consideran accesibles el 54% de las zonas comunes, ya que personas con necesidades especiales de accesibilidad no pueden disfrutar plenamente de áreas como la piscina o los jardines y que sólo el 18% de los garajes son plenamente accesibles.

Motivos para la falta de accesibilidad: aunque el 40% de los encuestados cree que deberían hacerse mejoras de accesibilidad en su edificio, el desconocimiento legal y los motivos económicos impiden su materialización. Solo el 10% de las obras de adaptación realizadas provienen de ayudas de la Administración pública, el resto se sufraga con dinero de la comunidad o de los inquilinos.