Publicada en el BOR (9 de mayo de 2023) la Resolución 39/2023, de 4 de mayo, de la Consejería de Servicios Sociales y Gobernanza Pública, por la que se realiza la convocatoria adicional de subvenciones a los municipios y a las entidades locales menores para la mejora de la accesibilidad en espacios de uso público, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia correspondiente al ejercicio 2023
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones todos los municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y las cuatro entidades locales menores reconocidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Destino de las subvenciones
1. Las subvenciones tendrán el carácter de transferencia de capital y deberán destinarse a financiar la ejecución de obras o instalaciones que tengan por objeto la adaptación total o parcial de los edificios públicos existentes a las condiciones de accesibilidad establecidas en la normativa vigente.
En ese marco, serán subvencionables las siguientes actuaciones:
- Reserva de plazas de aparcamiento con movilidad reducida.
- Señalización especial para personas con discapacidad intelectual o con dificultades de comprensión.
- Edificios municipales de uso público: eliminación de barreras arquitectónicas y creación de un itinerario accesible.
2. En todos los casos las actuaciones subvencionables deberán ajustarse a la normativa vigente sobre accesibilidad.
Cuantía
La cuantía máxima de subvención por anualidad que podrá reconocerse a cada entidad local será de 15.000 euros, sin superar el 80 por ciento del importe que tenga por objeto la subvención.
Cuando se destine a financiar la eliminación de barreras arquitectónicas y creación de itinerarios accesibles en edificios municipales de uso público la cuantía máxima será de 80.000 euros, sin superar el 80 por ciento del importe que tenga por objeto la subvención.
Plazo de presentación de la solicitud
El plazo para presentar las solicitudes se amplia hasta el 24 de junio de 2023
Plazos de justificación
El plazo para justificar la aplicación de las subvenciones termina el 30 de noviembre de 2023.
Forma de presentar la solicitud y documentación adicional
La solicitud de subvención se formulará de acuerdo con el modelo de Anexo I.
La presentación de la solicitud, junto con la documentación adicional, se realizará a través de OFIVIR, la Oficina virtual de la Administración Autonómica, para el registro de entrada de documentos. El acceso a OFIVIR se localiza en el área de “Administración Local” de la ventana “Oficina Electrónica: Trámites”, de la página web del Gobierno de La Rioja.
Junto con la solicitud deberá presentarse:
- Un ejemplar del proyecto técnico o de la memoria técnica, según corresponda
- Fotografías descriptivas del estado actual del área de actuación
- Certificado expedido por un técnico competente sobre la adecuación de las actuaciones a los requisitos y criterios establecidos por la normativa en vigor en materia de accesibilidad
- Certificado de Secretaría de aprobación del proyecto técnico y de disponibilidad de los terrenos
- Certificado del acuerdo de aprobación del plan de accesibilidad, en el caso de que se disponga del mismo
Documentación
Anexo I. Modelo de Solicitud
Certificado de aprobación y disponibilidad de terrenos
Certificado técnico
Certificado de adjudicación (para justificación de la subvención)
Bases y su modificación para la concesión de subvención
- Bases reguladoras para la concesión de subvención a los Municipios y a las Entidades Locales Menores, para la mejora de la accesibilidad en la red viaria y en otros espacios de uso público: Orden 5/2017, de 22 de septiembre
- Modificación Orden 5/2017, de 22 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvención a los Municipios y a las Entidades Locales Menores, para la mejora de la accesibilidad en la red viaria y en otros espacios de uso público: Orden SSG/29/2022, de 8 de junio