Lunes 19 de abril de 2021
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones todos los municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y las cuatro entidades locales menores reconocidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Cuantía
La cuantía máxima de subvención que podrá reconocerse a cada Entidad Local será de 15.000 euros, sin superar el 80 por ciento del importe de la inversión que tenga por objeto la subvención, salvo cuando se destine a financiar la adaptación total o parcial de los edificios públicos en que la cuantía máxima será de 30.000 euros, manteniendo el porcentaje referido.
Plazo de presentación de la solicitud
El plazo para presentar las solicitudes será de 30 días hábiles contados desde el día siguiente al de publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.
Forma de presentar la solicitud y documentación adicional
La solicitud de subvención se formulará de acuerdo con el modelo de Anexo I. Este documento estará disponible en la página web del Gobierno de La Rioja.
La presentación de la solicitud, junto con la documentación adicional, se realizará a través de Ofivir, la Oficina virtual de la Administración Autonómica, para el registro de entrada de documentos. El acceso a Ofivir se localiza en el área de “Administración Local” de la ventana “Oficina Electrónica: Trámites”, de la página web del Gobierno de La Rioja.
Junto con la solicitud deberá presentarse un ejemplar del proyecto técnico o de la memoria técnica, según corresponda, fotografías descriptivas del estado actual del área de actuación, un certificado expedido por un técnico competente sobre la adecuación de las actuaciones a los requisitos y criterios establecidos por la normativa en vigor en materia de accesibilidad, un certificado de Secretaría de aprobación del proyecto técnico y de disponibilidad de los terrenos, y un certificado del acuerdo de aprobación del plan de accesibilidad, en el caso de que se disponga del mismo.
Justificación de la subvención
El plazo para justificar la aplicación de las subvenciones terminará el día 29 de octubre de 2021.
Bases y su modificación para la concesión de subvención
- Bases reguladoras para la concesión de subvención a los Municipios y a las Entidades Locales Menores, para la mejora de la accesibilidad en la red viaria y en otros espacios de uso público: Orden 5/2017, de 22 de septiembre
- Modificación Orden 5/2017, de 22 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvención a los Municipios y a las Entidades Locales Menores, para la mejora de la accesibilidad en la red viaria y en otros espacios de uso público: Orden SSG/11/2021, de 23 de marzo