Noticia informativa por la posibilidad de que vuelvan a salir subvenciones el año 2025

Publicada en el BOR (24 de abril de 2024) la Resolución 298/2024, de la Consejería de Política local, infraestructuras y lucha contra la despoblación, por la que se realiza la convocatoria de subvenciones a los municipios y a las entidades locales menores para la mejora de la accesibilidad en la red viaria y en otros espacios de uso público, correspondiente a la anualidad 2024 (texto integro)

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones todos los municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y las cuatro entidades locales menores reconocidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma. Además, para ser beneficiarios habrán de cumplir el requisito establecido en el artículo 2.2 de la Orden reguladora.

Destino de las subvenciones

Ejecución de las siguientes actuaciones de mejora de la accesibilidad en la red viaria municipal y en otros espacios de uso público:

  • Adaptaciones en la urbanización: ensanchamiento y rebaje de aceras, transformación en calle de plataforma única, construcción de vados, pasarelas peatonales o rampas, instalación de barandillas o pasamanos y cerramiento de alcorques.
  • Reserva de plazas de aparcamiento con movilidad reducida.
  • Instalación de mobiliario urbano adaptado para personas con alguna discapacidad: bancos, fuentes, marquesinas y semáforos sonoros.
  • Señalización especial para personas con discapacidad intelectual o con dificultades de comprensión.
  • Edificios municipales de uso público: eliminación de barreras arquitectónicas y creación de un itinerario accesible.
  • Otras que se justifiquen por circunstancias singulares de carácter objetivo.

2. En todos los casos las actuaciones subvencionables deberán ajustarse a la normativa vigente sobre accesibilidad.

Cuantía

La cuantía máxima de subvención por anualidad que podrá reconocerse a cada entidad local será de 15.000 euros, sin superar el 80 por ciento del importe que tenga por objeto la subvención

Cuando se destine a financiar la eliminación de barreras arquitectónicas y creación de itinerarios accesibles en edificios municipales de uso público la cuantía máxima será de 35.000 euros, manteniendo el porcentaje referido, a los efectos del artículo 23 ter del Decreto 14/2006, de 16 de febrero.

Plazo de presentación de la solicitud

Un mes contado desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (24/04/2024)

Plazos de justificación

El plazo para justificar la aplicación de las subvenciones termina el 15 de noviembre de 2024.

Forma de presentar la solicitud y documentación adicional

La solicitud de subvención se formulará de acuerdo con el modelo de Anexo I.

La presentación de la solicitud, junto con la documentación adicional, se realizará a través de la Oficina Electrónica del Gobierno de La Rioja, procedimiento 24932, a través del siguiente enlace pinchando aquí

Junto con la solicitud deberá presentarse:

  • Un ejemplar del proyecto técnico o de la memoria técnica, según corresponda
  • Fotografías descriptivas del estado actual del área de actuación
  • Certificado expedido por un técnico competente sobre la adecuación de las actuaciones a los requisitos y criterios establecidos por la normativa en vigor en materia de accesibilidad
  • Certificado de Secretaría de aprobación del proyecto técnico y de disponibilidad de los terrenos
  • Certificado del acuerdo de aprobación del plan de accesibilidad, en el caso de que se disponga del mismo
Documentación

Anexo I. Modelo de Solicitud
Certificado de aprobación y disponibilidad de terrenos
Certificado técnico
Certificado de adjudicación (para justificación de la subvención)

Bases reguladoras (texto actualmente vigente)

Contacto: La Rioja Sin Barreras